DRO – Director Responsable de Obra
Según la Ley de Construcción del Estado de Zacatecas, el Director Responsable de Obra (DRO) es la persona física que obtenga legalmente un título y cédula profesional en el
ramo de la construcción, con aval del Colegio de Profesionistas y la correspondiente autorización del Municipio, que se
hace responsable de la observancia de esta Ley, el Reglamento General y demás normas técnicas, en aquellas obras
para las cuales otorgue su responsiva.
Responsiva de obra: Es la responsabilidad profesional que adquiere un Director Responsable de Obra y
Corresponsable de Obra, cuando suscriben la solicitud de licencia de construcción y el proyecto de una obra que se
ejecute bajo su dirección o supervisión; el dictamen o constancia de estabilidad o seguridad estructural de una
edificación o instalación de obras de infraestructura y equipamiento; o bien, otorgue el visto bueno de seguridad y
operación de una obra.
Brindamos
apoyo con la bitácora de obra, supervisión y asesoría para garantizar que tu
proyecto cumpla con las normativas vigentes.
Consulta
más sobre funciones, alcances y obligaciones del D. R. O. en la norma oficial:
•Ley
de Construcción del Estado de Zacatecas (Art. 54) - [Descargar aquí]
•Reglamento
General de la Ley de Construcción del Estado y Municipios de Zacatecas (Art.
29) - [Descargar aquí
]
•Reglamento
General de Construcción para el Municipio de Zacatecas (Art. 453) - [Descargar aquí]
•Aranceles
de D. R. O. -
[Descargar aquí]